No Estoy Obligado A Hacer La Declaracion De La Renta Pero Me Sale A Pagar

Si somos inquilinos, tenemos que declarar los datos del inmueble y del importe anual del alquiler, ya que Hacienda comparará nuestros datos con los declarados por los propietarios para detectar discrepancias. Además, en algunas comunidades autónomas existen deducciones por el alquiler de la vivienda recurring, de modo que tenemos que comprobar si existen en nuestro caso y aplicarlas. Seguramente sí, dado que el impuesto es progresivo, lo que quiere decir que a mayor salario mayor es el tipo impositivo. En el caso de tener dos pagadores durante el año, es decir, dos salarios, las retenciones practicadas a cada uno de ellos solo tienen en cuenta el total anual de cada salario. Sin embargo, cuando presentamos la declaración con la suma de los dos salarios el tipo impositivo resultante es mayor, de modo que las entregas a cuenta de las retenciones son habitualmente insuficientes y el resultado de la declaración suele salir a pagar. Si el resultado de la declaración es a devolver, la fecha de presentación puede influir en la fecha de ingreso del dinero, de modo que cuanto más puntuales seamos en presentarla más probable será que cobremos antes.

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El borrador me sale que me devuelven dinero ,pero recibí una indemnización por unas humedades en casa por parte del seguro de 1080€.¿Estaría obligada a declararlo o podría cobrar lo que me sale a devolver en el borrador sin especificar dicha indemnización? Me gustaría saber si estaría obligada o no a hacerla aunque no supere los límites de ganancias.Gracias. En la web no me sale la opción de presentarla siquiera este año…¿como puedo presentarla? No me dan la opción me pone no obligado y la opción de presentar declaración no está disponible..muchas gracias. De esta manera si un contribuyente no tiene obligación de presentar la declaración, pero está pagando su vivienda ordinary con un préstamo y quiere aplicar la deducción, tendrá que presentarla.

De capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales superiores conjuntamente a 1.000 euros anuales. La regla 2ª y sus límites son independientes de los contenidos en la regla 1ª, actuando en todo caso como criterio corrector de la regla 1ª para rentas de escasa cuantía. En consecuencia, si un contribuyente no está obligado a declarar por razón de la naturaleza y cuantía de las rentas obtenidas conforme a los límites y condiciones de la regla 1ª, no procederá la aplicación de la regla 2ª. Cuando, de la aplicación de los límites y condiciones de la regla 1ª, el contribuyente estuviera obligado a presentar declaración, debe acudirse a la regla 2ª y sus límites para verificar si opera la exclusión de la obligación de declarar al tratarse de rentas de escasa cuantía. Téngase en cuenta que en la regla 2ª no aparece enumerada la imputación de rentas. Buenas tardes, el año pasado trabajé solo hasta mayo y obtuve unos cinco mil euros en total y un solo pagador.

Si Tenemos Dos Pagadores Dentro De Un Mismo Año, ¿la Declaración De La Renta Nos Sale A Pagar?

No hay ninguna obligación, por eso siempre se debe solicitar el borrador y comprobar el resultado de la declaración. De este modo, en el caso de que resulte a devolver, podremos solicitar la devolución a pesar de que no estuviéramos obligados a presentar la declaración. Más allá de los límites que marcan los ingresos a la hora de decicir si debes hacer la renta,hay dos mitos sobre tu obligación de presentar el IRPF que debes desterrar.

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Si desea realizar simulaciones de posibles declaraciones de Renta, lo puede hacer mediante Renta WEB Open ”. Para que te concedan el abono anticipado tienes que cotizar el plazo mínimo exigido en los artículos 60 y 61 del Reglamento del IRPF. Las deducciones familiares establecidas en los artículos eighty one y eighty one.bis de la Ley del IRPF son ayudas que concede Hacienda si se cumplen determinados requisitos.

¿por Qué Te Sale A Pagar La Renta 2020

En caso de que decidas “No trasladar los datos” (la deducción por vivienda o los planes de pensiones a la declaración), si el resultado de la declaración es a pagar, el sistema Renta Web te avisará poniendo en el Resumen de la declaración que no estás obligado a presentarla. Estás obligado a presentar la declaración de la renta ya que el límite conjunto de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas supera los 1.000€ anuales. No estarías obligado si sólo hubieras obtenido los rendimientos del trabajo o los de actividades económicas. No estás obligado a declarar si obtienes rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros. Debido a la pandemia del Covid-19 han sido muchos los trabajadores que se han visto afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, más conocido como ERTE.

Aunque no estás obligado a presentar la declaración conviene que compruebes el borrador para ver si el resultado es positivo o negativo. En principio, si se han aplicado correctamente las retenciones del trabajo y las deducciones correspondientes, el resultado no tendría por qué salir a devolver. Comprobar si te sale a pagar o a devolver sólo requiere un poco de tu tiempo y puede darte una grata sorpresa. Además este año se puede utilizar una aplicación móvil, lo que facilita el proceso. Puede que no estés obligado a presentar la declaración pero hayas tributado por IRPF.

Rendimientos De Capital Mobiliario Y Ganancias Patrimoniales

Esto sucede porque tu empresa te ha retenido en la nómina o el banco al pagarte los intereses. Los rendimientos del trabajoprovengan de más de un pagadory la suma de las cantidades percibidas del segundo y siguientessuperen la cantidad de 1.500 euros anuales. Cuando la declaración resulte a pagar, es posible fraccionar el pago de la cuota en dos plazos sin que se apliquen intereses de demora.

El pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener. Determinadas circunstancias como un exceso de retención o la posibilidad de aplicar deducciones pueden influir en que el resultado final del IRPF sea a devolver. Si no ingresamos en plazo la cuota del impuesto, Hacienda nos reclamará su cobro en vía ejecutiva, lo que significa añadirle el pago de recargos (del 5 % al 20 % de la deuda) e intereses de demora, que irán en aumento a medida que transcurra el tiempo del impago. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto. Cualquier trabajador, por cuenta propia o ajena, pensionista y, en definitiva, toda persona que haya percibido ingresos durante 2020 debe pasar por este trámite, siempre y cuando se cumplan con unos baremos que no han variado respecto a la campaña del ejercicio anterior.

Descuidarse Con El Imv Y Los Ertes

El primer pago corresponderá al 60% de la cuota a ingresar y se hará mediante transferencia bancaria a partir de la fecha de presentación de la declaración, mientras que el 40% restante se abonará mediante domiciliación a principios del mes de noviembre. En el caso de los matrimonios, siempre se debe calcular y comparar el resultado de la declaración de ambos cónyuges de manera individual y conjunta para saber cuál es la más favorable. Las parejas de hecho no pueden presentar una declaración conjunta de los dos miembros de la pareja, solo los matrimonios. Además, en el caso que el borrador contenga fallos, debemos corregirlos.

Precisamente, ese es el objetivo del borrador, dar la oportunidad a los contribuyentes de comprobar los datos que tiene Hacienda y añadir o corregir la información según sea el caso. Asimismo, tenemos que ser conscientes de que, una vez presentada la declaración, somos los únicos responsables de los datos comunicados, y, si posteriormente se detecta un error u omisión en estos, podríamos incurrir en una infracción tributaria y recibir una sanción por ello. La situación de confinamiento decretada por el estado de alarma a raíz de la pandemia por coronavirus ha provocado que esta campaña de la declaración de la renta sea la más extraña de los últimos años. Lo que ocurre es que existen una serie de casos en los que estarás exento de presentar el IRPF. La clave está tus ingresos y más concretamente en su cuantía y su procedencia. En otras palabras, cuál es tu sueldo y si tienes ingresos extra, bien de otros trabajos, pensiones o inversiones.